ARTÍCULO 2.º.-Institúyese en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Semana de la
Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, la que se llevará a cabo desde el 25/11 al 1/12 de cada año.
ARTÍCULO 4.º.-Durante la Semana de la
Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, el Gobierno de la CABA realiza actividades y campañas de difusión sobre la problemática de la violencia
contra las mujeres. Ley 5291/15.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Dejanos tu mensaje, te leemos. ¡Gracias!